ISR

En México el impuesto sobre la renta es el gravamen más ...

Los gastos deducibles en el impuesto sobre la renta de las personas morales

En México el impuesto sobre la renta es el gravamen más representativo al que tienen hacer frente todas las personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas. Su correcto cálculo, así como la aplicación de todas las deducciones a las que se tiene derecho, es un proceso fundamental para el balance de una empresa, ya que determinará la base imponible sobre la que se aplicará el impuesto.

Persona Moral

La persona moral es el acuerdo colectivo de voluntades entre varias personas físicas, entre personas físicas y morales o entre personas morales exclusivamente, para que creen un ente con personalidad distinta a la de sus miembros integrantes, con un patrimonio propio, para la realización de objetivos comunes a las personas que las integran.

Impuesto Sobre La Renta

El objeto del Impuesto Sobre La Renta (ISR) busca conocer la capacidad económica de la persona en un periodo determinado y gravar el incremento neto del poder económico de la misma entre dos fechas.

El objeto del Impuesto Sobre La Renta (ISR) busca conocer la capacidad económica de la persona en un periodo determinado y gravar el incremento neto del poder económico de la misma entre dos fechas.

Es un impuesto progresivo, ya que el tipo de gravamen está en función de los beneficios obtenidos por la empresa (Calvo, 2015).

Su cálculo se obtiene determinando la base gravable.

Para obtener la base gravable es necesario realizar una serie de deducciones sobre los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio fiscal, como lo son las deducciones autorizadas a los gastos estrictamente indispensables vinculados a la consecución del objeto social de la empresa.

estos gastos deberán ser erogados para lograr que las empresas cumplimenten en forma cabal sus actividades, de manera que de no realizarlo, éstas tuvieran que disminuirse o suspenderse. Estas deducciones están fundamentalmente integradas por: el monto de las pérdidas sufridas en ejercicios anteriores, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, las inversiones, los costos de las mercancías y bienes utilizados en la operación, gastos de operación y administración, entre otros (Mabarak, 2008).

Una vez efectuadas las deducciones, se obtiene el resultado fiscal, que es la cantidad que sirve de base para aplicar la cuota del impuesto (Mabarak, 2008).

Determinación del ISR

  • Actualmente, en el régimen general de las personas morales los pagos provisionales se determinan aplicando la tasa de 30% a la utilidad fiscal.
  • En el régimen general de las personas morales los pagos del ejercicio (anual) se aplica la tasa de 30% al resultado fiscal.
  • Al monto resultante se le acredita el total de los pagos provisionales realizados;Época de pago: deberán de efectuarse de manera mensual los días 17 del mes posterior a que se realice el hecho generador.

Gastos no deducibles:

  • Los pagos del impuesto sobre la renta efectuados por el propio
    contribuyente.
  • los accesorios de las contribuciones, excepto los recargos.
  • el pago de penas convencionales.
  • las cantidades pagadas en carácter de crédito comercial.
  • las cantidades erogadas en adquisición o arrendamiento de casas de descanso para los trabajadores.
  • los gastos de representación.
  • las reservas creadas por la empresa para indemnizaciones al personal.
  • el 75% de los gastos de consumo de restaurante de los empleados de la empresa.
  • las cantidades que se paguen a los trabajadores por concepto de PTU.
  • Las pérdidas de algunas inversiones, entre otras.

Gastos deducibles

Algunos gastos que pueden deducir las personas morales residentes en México y en el extranjero, son las siguientes:

  • Devoluciones.
  • Descuentos.
  • Bonificaciones.
  • Costo de lo vendido.
  • Gastos netos de descuento.
  • Inversiones.
  • Intereses devengados.
  • Anticipos y rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción.
  • Anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.
  • Aportaciones destinadas a la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal.
  • Ajuste anual por inflación.

Requisitos de los gastos deducibles

Las personas morales tienen el derecho de efectuar deducciones autorizadas por la ley para determinar la base sobre la cuál aplicarán la tasa del impuesto.

Hay que tener en cuenta que no todos los gastos son deducibles, sino solo aquellos que se ajusten a los criterios y requisitos determinados por la Ley en la materia. Dichos requisitos son los siguientes:

  • Ser estrictamente indispensables para la consecución del objeto social de la empresa.
  • Seguir el procedimiento establecido por la ley del impuesto sobre la renta.
  • cuando se trate de inversiones.
  • Retención y entero de impuestos a cargo de terceros.
  • Estar registradas en contabilidad.
  • Estar amparadas en CFDI.
  • Efectuar los pagos mayores a $2,000.00 pesos por los medios determinados en la norma.
  • Deducir los intereses pagados por capitales tomados en préstamo únicamente cuando hayan sido invertidos para los fines de la empresa.
  • los pagos de honorarios o gratificaciones a funcionarios de la persona moral.
  • la prestación efectiva de servicios de asistencia técnica, transferencia de tecnología o regalías.
  • los gastos de previsión social otorgados en forma general a los trabajadores.
  • costos de adquisición o intereses de acuerdo a mercado.
  • el costo de adquisición de mercancías importadas cumpliendo con los requisitos legales para su importación.
  • en tiempos determinados, serán deducibles las pérdidas por créditos incobrables; entre otros.

Conclusiones

La normativa fiscal nacional es muy exigente y demanda numerosos y engorrosos requisitos para que una erogación efectuada por el contribuyente encaminada a la determinación de la utilidad gravable de la empresa pueda ser deducible, sacrificando así la vanguardia que podrían alcanzar las mismas en materia de bienes y servicios, en prestaciones que alienten la productividad de los trabajadores y funcionarios de la empresa y obstaculizando la circulación de la riqueza.

Es fundamental calcular adecuadamente la base imponible para lograr una mayor productividad y eficiencia de la empresa. La deducción deberá realizarse siempre respetando los preceptos legales y calcularla en la proporción adecuada.

En aras de que la normatividad en material de recaudación fiscal fuera más eficiente, implementaría dos estrategias diferentes:

  • Que las sanciones económicas a que puedan hacerse acreedores los contribuyentes que alteren de alguna forma los hechos relacionados con las deducciones autorizadas incurriendo en infracciones y delitos fiscales por omisión o defraudación se apliquen sin distinción y con graves consecuencias económicas, legales y personales.
  • Rediseñar el círculo impositivo de manera tal que los propósitos finales de recaudación se den de cualquier manera, logrando que la disminución de ingresos gravables vía justificación de gasto aumente los ingresos gravables de las empresas que vendieron los bienes o prestaron esos servicios; y de esta manera, que los contribuyentes puedan efectuar todo tipo de deducciones a condición única de que comprueben que efectivamente éstas fueron realizadas.

Referencias

  • Venegas, S. (2015). Derecho fiscal, parte general e impuestos federales. México: Editorial Oxford.
  • Mabarak, D. (2008). Derecho Fiscal Aplicado, Estudio específico de los impuestos. México: Editorial McGraw Hill.
  • Calvo, M. (2019, 03, 26). La importancia de los gastos deducibles en el

Impuesto de Sociedades. Recuperado de

CALCULADORA DE HONORARIOS NOTARIALES

Calcule Los honorarios del notario rellenando los detalles a continuación